ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS
EN TITULACIONES DE GRADO
(ExtraÃdo del Reglamento sobre Adaptación, Reconocimiento y Transferencia de Créditos en la Universidad de Granada, que podrá consultar en la sección de Normativa)
Adaptación: la aceptación por la Universidad de Granada de los créditos correspondientes a estudios previos al Real Decreto 1393/2007, realizados en ésta o en otra Universidad.
Reconocimiento: la aceptación por parte de la Universidad de Granada de los créditos que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas universitarias oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas distintas cursadas en la Universidad de Granada a efectos de la obtención de un tÃtulo oficial. La acreditación de experiencia laboral y profesional podrá ser objeto de reconocimiento, de acuerdo con la normativa vigente.
Transferencia: la incorporación, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, que no hayan conducido a la obtención de un tÃtulo oficial.
Participación en actividades universitarias: se podrán reconocer créditos por participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado. El número de créditos reconocido por estas actividades se detraerá de los créditos de optatividad previstos en el correspondiente plan de estudios.
PLAZOS
SOLICITUD DE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN (titulaciones en extinción)
Primer Plazo: del 1 de octubre al 11 de noviembre de 2011 (no obstante se permitirán con posterioridad a esta fecha las solicitudes de aquellos alumnos que por circunstancias excepcionales realicen su matrÃcula una vez finalizado el plazo de solicitud)
Segundo Plazo: del 1 de febrero al 9 de marzo de 2012
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
Del 14 de noviembre de 2011 a 30 de abril de 2012.
En la aplicación de este plazo los centros difundirán y tendrán en cuenta que el mismo no será aplicable en aquellos casos en los que la solicitud de reconocimiento dé lugar a la finalización de estudios o de ciclo, en cuyo caso la solicitud será presentada sin que venga afectada por este plazo.





