NORMATIVA DE DEVOLUCIONES DE TASAS Y CUOTAS
Los pagos que realiza el alumno, podrán ser objeto de devolución de forma total o parcial en los siguientes casos:
POR BAJA VOLUNTARIA HASTA EL 31 DE OCTUBRE
Devolución de las tasas académicas y de la cuota inicial.
POR BAJA VOLUNTARIA POSTERIOR AL 31 DE OCTUBRE
Devolución de la cuota de enseñanza del mes en curso.
POR ADMISIÓN EN OTRO CENTRO
Devolución de las tasas académicas y administrativas y de la cuota de enseñanza del mes en curso.
POR CONVALIDACIONES
Devolución del 70 % de las tasas académicas correspondientes a los créditos convalidados. Las cuotas de enseñanza se recalcularán de acuerdo al régimen económico vigente para el presente curso académico.
POR ALTERACIONES DE MATRÍCULA
Hasta el 31 de octubre, devolución de las tasas académicas correspondientes a los créditos alterados y recálculo de las cuotas mensuales por enseñanza.
Después del 31 de octubre no habrá devoluciones de tasas, aunque sí se recalcularán las cuotas mensuales de enseñanza.
NOTAS:
- Se entenderá por mes en curso el mes de la fecha en la que se haga efectiva documentalmente en la Secretaría del Centro cualquiera de estas situaciones.
- Las solicitudes de devolución por cualquiera de estos motivos deben realizarse por escrito en la Secretaría del Centro, mediante el impreso correspondiente que se facilitará en la misma.
- Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que acredite la situación alegada, así como de los resguardos de los pagos realizados cuya devolución se solicita.





